Empadronamiento de hacedores culturales

En cumplimiento de la Ley 6403, el Ministerio de Cultura de la Provincia de Mendoza, a través de la Dirección del Fondo Provincial de la Cultura (FPC), invita a los hacedores culturales locales al empadronamiento que se realizará con el fin de elegir a los miembros de su Consejo Asesor (CA).

Cabe destacar que se implementa el sistema “on line”, como única vía de empadronamiento, a través de esta página Web del Ministerio de Cultura (www.mendoza.gov.ar/cultura)

¿Qué votamos?

Nueve (9) representantes que formarán parte del Consejo Asesor del FPC, a saber:

  • Seis (6) representantes, uno por cada área artística (Música, Artes Visuales, Artes Audiovisuales, Letras, Danza y Teatro – especificadas en el Decreto 689/97)
  • Tres (3) representantes por las áreas no artísticas (los sectores no contemplados en la Ley 24.269).

Cada uno de estos representantes, es votado exclusivamente por sus pares (Por ejemplo: los músicos votan por un representante en Música; los escritores por un representante en Letras; y así en cada caso).

¿A quiénes podemos votar?

A cualquier hacedor cultural debidamente empadronado en su sector de pertenencia.

No podrán ser electos aquellos empadronados que tengan relación de dependencia con el Ministerio de Cultura, con excepción de aquellos contratados a través de locación de servicio o locación de obras.

¿Quiénes pueden votar?

Los hacedores culturales mendocinos o que acrediten residencia en la provincia de Mendoza, debidamente empadronados en su sector de pertenencia, mayores de 18 años. Deberán comparecer a las urnas con el DNI o documento que acredite los datos volcados en la ficha de empadronamiento.

¿Cómo me empadrono?

Completando los datos solicitados. Para ello, por favor INGRESE AQUI

¿Hasta cuándo tengo tiempo de empadronarme?

Hasta el 29 de enero de 2016 inclusive.

¿Dónde y cuándo se vota?

En el Área de Cultura del departamento en que figure empadronado el hacedor cultural. La fecha de los comicios se difundirá oportunamente.

¿Qué implica ser elegido Consejero del Fondo?

Cada Consejero electo representa, como miembro del Consejo Asesor del Fondo Provincial de la Cultura, un sector especifico dentro de las disciplinas artísticas y no artísticas de la comunidad cultural de la Provincia. Su trayectoria, responsabilidad y criterio definen su vocación de servicio frente a las obligaciones que tendrá como Consejero.

Los Consejeros electos tendrán, entre otras, las siguientes responsabilidades y tareas:

  • Evaluar las solicitudes de subsidios presentadas en cada convocatoria del FPC.
  • Asistir a reuniones ordinarias.
  • Asistir a las reuniones extraordinarias que pudieran establecerse de urgencia.

Se informa también que según la Ley 6403, Capítulo II, Título II, Art. 20º, el Consejo Asesor se desempeña ad-honorem (no percibe honorarios).

Importante

Una vez electo, y para validar su designación, cada Consejero deberá presentar tres (3) avales institucionales firmados en original que acrediten su pertenencia al sector cultural específico por el cual fue elegido y sinopsis de curriculum vitae (no mas de tres hojas).